{"id":10124,"date":"2014-12-16T13:03:28","date_gmt":"2014-12-16T18:03:28","guid":{"rendered":"http:\/\/elturbion.com\/?p=10124"},"modified":"2014-12-16T13:03:28","modified_gmt":"2014-12-16T18:03:28","slug":"la-objecion-de-conciencia-y-el-derecho-a-decidir","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elturbion.com\/?p=10124","title":{"rendered":"La objeci\u00f3n de conciencia y el derecho a decidir"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong><a href=\"https:\/\/www.flickr.com\/photos\/kylemcdonald\/520832316\/\" target=\"_blank\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-10433 size-full\" title=\"Aborto a conciencia - Foto: Kyle McDonald\" src=\"https:\/\/elturbion.com\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/aborto-KyleMcDonald.jpg\" alt=\"Aborto a conciencia - Foto: Kyle McDonald\" width=\"600\" height=\"400\" \/><\/a><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Por: Eliana Ria\u00f1o Vivas &#8211; diciembre 16 de 2014<br \/>\n<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La objeci\u00f3n de conciencia, un derecho individual que resguarda y ampara otros derechos \u2013como la libertad de conciencia, la autodeterminaci\u00f3n, la libertad de pensamiento y la libertad de credo\u2013, es un derecho intr\u00ednsecamente privado que reconoce y da tratamiento especial a la afectaci\u00f3n directa de una de las esferas m\u00e1s intimas del ser: la conciencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se trata de un derecho fundamental de todos y todas las colombianas, que propende por la autonom\u00eda, pero que desde hace ocho a\u00f1os se ha convertido en un obst\u00e1culo para el ejercicio pleno del <a title=\"Los discursos de la Inquisici\u00f3n y el derecho a decidir\" href=\"http:\/\/elturbion.com\/?p=9093\" target=\"_blank\">derecho a decidir<\/a> de las mujeres en Colombia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Al igual que la objeci\u00f3n de conciencia, la Interrupci\u00f3n Voluntaria del Embarazo (IVE) es reconocida como un derecho fundamental de las mujeres. El 10 de mayo de 2006 la Corte Constitucional de Colombia declar\u00f3, a trav\u00e9s de la Sentencia C-355, \u201cinexequible el Art\u00edculo 124 del C\u00f3digo Penal Colombiano, considerando que el derecho penal como instrumento de sanci\u00f3n del aborto en todos sus supuestos implica la negaci\u00f3n de los derechos fundamentales de las mujeres\u201d. Por esta raz\u00f3n, la corte despenaliz\u00f3 el aborto en las siguientes causales: \u201ccuando la continuaci\u00f3n del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un m\u00e9dico; cuando exista grave malformaci\u00f3n del feto que haga inviable su vida, certificada por un m\u00e9dico; y cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminaci\u00f3n artificial o transferencia de \u00f3vulo fecundado no consentidas, o de incesto\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin duda alguna, esta decisi\u00f3n fue un avance sustancial para la garant\u00eda de los derechos sexuales y reproductivos, as\u00ed como para la autonom\u00eda, dignidad, autodeterminaci\u00f3n, salud y vida de las mujeres colombianas. Pese a que la Corte Constitucional colombiana, a trav\u00e9s de la Sentencia C-355 de 2006, se\u00f1ala que la objeci\u00f3n de conciencia \u201cno es un derecho del cual son titulares las personas jur\u00eddicas o el Estado\u00bb y agrega que \u00abs\u00f3lo es posible reconocerlo a personas naturales, de manera que no pueden existir cl\u00ednicas, hospitales, centros de salud o cualquiera sea el nombre con el que se las denomine que presenten objeci\u00f3n de conciencia a la pr\u00e1ctica del aborto cuando se re\u00fanan las condiciones se\u00f1aladas en esta sentencia\u201d, \u00e9ste derecho se ha convertido en un instrumento de control y omisi\u00f3n por parte de las instituciones prestadoras de servicios de salud en la pr\u00e1ctica de la IVE, poniendo en peligro la vida y la salud de las mujeres que optan por hacer ejercicio de este derecho.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si bien la objeci\u00f3n de conciencia es un derecho fundamental, que debe ser garantizado en su completa plenitud, la IVE tambi\u00e9n lo es y de igual forma debe ser garantizado y protegido. Por eso, es importante que todas y todos los prestadores de servicios de salud tengan claros los aspectos m\u00e1s relevantes del derecho a la objeci\u00f3n de conciencia y de sus l\u00edmites cuando \u00e9ste se enfrenta al ejercicio del derecho a la IVE, ya que si se aplican de forma adecuada cada una de las reglas constitucionales que regulan la objeci\u00f3n de conciencia y la IVE no tiene por qu\u00e9 incurrirse en la violaci\u00f3n o vulneraci\u00f3n de ninguno de estos derechos: tanto el objetor u objetora pueden hacer ejercicio pleno de la objeci\u00f3n de conciencia como la mujer del derecho a la IVE.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Diversas normas constitucionales, como la Sentencia C-355 de 2006, la Sentencia T-946 de 2008, la Sentencia T-209 de 2008, la Sentencia C-728 de 2009 y la Sentencia T-388 de 2009, hacen referencia a la ruta para ejercer de manera legal la objeci\u00f3n de conciencia sin que esto incurra en la vulneraci\u00f3n del derecho a la IVE. Algunas de estas aclaraciones son:<\/p>\n<ul>\n<li style=\"text-align: justify;\">La objeci\u00f3n de conciencia s\u00f3lo puede justificarse en la medida en que el mandato moral que se opone a dicha pr\u00e1ctica sea irremediablemente un dictado de la conciencia y un instrumento moral que gu\u00ede la vida de la persona objetora.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">El derecho a objetar por razones de conciencia no es un derecho absoluto, \u00e9ste debe partir de unas convicciones profundas, sinceras y fijas, creencias que afecten de manera general la vida de quien objeta. No se configura por el s\u00f3lo hecho de tener creencias superficiales que den lugar a negarse al cumplimiento de un deber legal, como es en este caso la prestaci\u00f3n del servicio de la IVE.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Es necesario que aquella persona que objeta la realizaci\u00f3n de una IVE cumpla con la norma que establece el deber de informar oportunamente a la paciente su objeci\u00f3n y de remitirla un prestador de servicios de salud que s\u00ed pueda practicar de forma segura el procedimiento.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">La consagraci\u00f3n de un derecho y el ejercicio del mismo por parte de la ciudadan\u00eda siempre conlleva deberes que, a su vez, deben cumplirse. Por tal raz\u00f3n, el ejercicio de la objeci\u00f3n de conciencia se debe dar en una relaci\u00f3n rec\u00edproca con el derecho a la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo, deber legal de todo prestador de servicios de salud.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Teniendo en cuenta lo anterior, y cumpliendo estas reglas constitucionales, es posible garantizar de manera efectiva el ejercicio de los dos derechos sin que ninguno sea vulnerado. Es inaudito que pese a los diversos instrumentos legales y jur\u00eddicos que aclaran las normas y reglas para hacer uso leg\u00edtimo del derecho a la objeci\u00f3n de conciencia, \u00e9ste siga siendo usado por m\u00e9dicos, enfermeros y enfermeras, cl\u00ednicas y hospitales de manera ilegal para obstaculizar la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo a mujeres cuyos casos coinciden con la causales consideradas por la Corte Constitucional como derecho fundamental.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Eliana Ria\u00f1o Vivas &#8211; diciembre 16 de 2014 La objeci\u00f3n de conciencia, un derecho individual que resguarda y ampara otros derechos \u2013como la libertad de conciencia, la autodeterminaci\u00f3n, la libertad de pensamiento y la libertad de credo\u2013, es un derecho intr\u00ednsecamente privado que reconoce y da tratamiento especial a la afectaci\u00f3n directa de una [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":10433,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[45],"tags":[123,914,1361,1898,1940,2337,2621],"class_list":["post-10124","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-opinion","tag-aborto","tag-corte-constitucional","tag-eps","tag-interrupcion-voluntaria-del-embarazo","tag-ive","tag-medicos","tag-objecion-de-cociencia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elturbion.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10124","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elturbion.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elturbion.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elturbion.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elturbion.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=10124"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/elturbion.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10124\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elturbion.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=10124"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elturbion.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=10124"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elturbion.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=10124"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}