Por: Ramiro Vinueza – septiembre 18 de 2012
Luego de dos audiencias fallidas y suspendidas desde la Fiscalía, en un proceso que mantiene privados injustamente de su libertad a 10 jóvenes y profesionales apresados el 3 de marzo en el sector quiteño de Luluncoto (Quito, Ecuador), el fiscal José Luis Jaramillo Calero realizó el dictamen fiscal acusándolos de ‘actos terroristas’, delito tipificado en el Artículo 160 del Código Penal vigente, que dice: “El que con fin de cometer delitos contra la seguridad común de las personas o de los bienes, fabricare, suministrare, adquiriere, sustrajere, arrojare, usare o introdujere al país armas, municiones o bombas explosivas, materias explosivas, asfixiantes o tóxicas, o sustancias o materiales destinados a su preparación, será reprimido con reclusión mayor ordinaria de 4 a 8 años y multa de cuatrocientos cuarenta y dos y dos a ochocientos ochenta y cuatro dólares […]”.