Por: El Turbión Pereira – septiembre 6 de 2007
El exterminio de los recursos naturales y la violación de los derechos humanos por parte del Estado y multinacionales ha sido una constante en Colombia durante décadas. La semana anterior la Drumond multinacional petrolera norteamericana fue sancionada en Estados Unidos por el asesinato de sindicalistas en Colombia, sin embargo, otras denuncias realizadas por el tribunal permanente de los pueblos, no han sido difundidas por los medios de comunicación, ni se han emitido sentencias internacionales al respecto.
Previa a la audiencia Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP) realizada el 3 y 4 de agosto de 2007 en Bogotá y que analizó el contexto de impactos de las petroleras, este tribunal que tiene como objeto dar visibilidad y calificar jurídicamente situaciones de violación masiva de derechos fundamentales, que no encuentran respuestas institucionales, sesionó en la zona humanitaria de Nueva Esperanza en Dios, de la cuenca del río Cacarica en el bajo Atrato chocoano durante los días 25 y 26 de febrero de 2007.
La audiencia que fue presidida por el jurista argentino Marcelo Ferreira , delegó en los días previos, a algunos de los jueces quienes recorrieron la región en compañía de un numeroso grupo de observadores nacionales e internacionales para verificar los impactos de la presencia de algunas empresas nacionales y multinacionales en el medio ambiente y la sociedad de la región de la cuenca del río Cacarica Chocó. Estos jueces dejaron expresa constancia de que vieron con sus propios ojos el sufrimiento de los seres de esta tierra y la degradación de la naturaleza.
La audiencia se realizó en un asentamiento que se constituyó como zona humanitaria luego del retorno de algunas personas que fueron violentamente desplazadas en 1997 y que han ejercido una heroica resistencia durante varios años decidiendo permanecer en el territorio a pesar de los continuos hostigamientos y amenazas de las fuerzas armadas colombianas y los grupos paramilitares. Donde empresas multinacionales han generado daños similares en el medio ambiente apoyándose en grupos paramilitares para el logro de sus objetivos. También participaron en la audiencia delegados de organizaciones solidarias de 17 países de Europa, norte y Suramérica.
A la empresa Smurfit Kapa – Cartón de Colombia, se le acusó por violación de derechos humanos, ambientales, sociales y culturales. Específicamente por: destrucción de selvas, bosques andinos y otros ecosistemas y por destruir el tejido social, medios de producción tradicional y cultural de las comunidades, suprimir y contaminar fuente hídricas, influir la formulación de políticas gubernamentales en el país y presionar a funcionarios del Estado en pro de los intereses de la multinacional, ocultar información, manipular los medios de comunicación tanto a escala regional como nacional, usar falsos postulados y publicidad mentirosa para justificar sus actividades y enmascarar los impactos generados; acusar y criminalizar con argumentos falsos a quienes denuncian su accionar incorrecto.
A la empresa MULTIFRUITS S.A. filial de la transnacional norteamericana Delmonte se le acusa de práctica del agronegocio ilegal de banano, en los caseríos de La Balsa, San José, Varsova y Bendito Bocachica, Chocó; beneficiarse del asentamiento de las estructuras paramilitares en la Balsa desde el 26 de febrero de 1.997, que produjo el desplazamiento de más de 2500 afrocolombianos, el saqueo y destrucción de bienes de supervivencia, así como la utilización de este sitio como centro de operaciones paramilitares en medio de las cuales torturaron, desaparecieron, ejecutaron a civiles, entre ellos varias de las 85 víctimas de esta comunidad en donde mantienen el control a través de acciones de presión con la denominación de “Águilas Negras”; se le acusa también de la remoción de tierras para la agroindustria y de fosas comunes de las víctimas de Crímenes de Lesa Humanidad.
A la empresa PIZANO S.A Y SU FILIAL MADERAS DEL DARIÉN, se le acusa del uso destructivo en forma mecanizada de los recursos maderables del Cacarica; haber generado un profundo daño en el territorio, en los recursos forestales y en las condiciones de vida de las comunidades afrocolombianas que habitan las zonas de extracción; beneficiarse de la explotación extensiva de madera, afectando principalmente los bosques de los municipios de Riosucio y Carmen del Darién en el departamento del Chocó, así como del desplazamiento forzoso de más de 2.500 afrocolombianos, mestizos e indígenas de la región luego de la Operación Génesis en la que fue evidente la complicidad con los paramilitares de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá -hoy Bloque Elmer Cárdenas- en la que se perpetraron ametrallamientos contra la población, incendios a sus bienes y cosechas, ejecuciones extrajudiciales, violencia sexual, desapariciones forzadas y otras graves violaciones a los derechos humanos.
Al Estado Colombiano se le atribuyó responsabilidad por su acción y omisión en los crímenes de lesa humanidad, genocidio y terrorismo, en todas las manifestaciones que se anotaron cometidos por miembros de la Brigada XVII del Ejército Nacional en colaboración con los grupos paramilitares que se encuentran en la zona, así como por mantener en la impunidad cada uno de los delitos cometidos contra las víctimas y por no investigar, juzgar y sancionar en debida forma, a los miembros de la fuerza pública y a los paramilitares que actúan en connivencia.
A la empresa URAPALMA S.A, se le acusó de haber actuado en conjunto con otras empresas palmeras y el Estado Colombiano en la siembra ilegal de palma entre 4000 y 7000 hectáreas de tierra dentro de territorios colectivos de comunidades afrocolombianas; o peraciones que fueron posibles gracias a la comisión e impunidad de más de 113 crímenes de Lesa Humanidad, 13 desplazamientos forzados, 15 torturas, 17 detenciones arbitrarias, 19 saqueos a caseríos, 14 incursiones de tipo paramilitar, agresiones a la zona humanitaria, 4 asesinatos o ejecuciones extrajudiciales y la llamada “desmovilización” que ha posibilitado el desarrollo de nuevas amenazas de muerte y de control sobre la población. Se acusa a la empresa de haber propiciado la violencia y de haberse favorecido de ella y haber pretendido legalizar la propiedad a favor de sus intereses.
A la empresa transnacional Monsanto se la acusó por suministrar sin sentido ético ni responsabilidad legal el componente Raund-up ultra para aspersión aérea en el programa de erradicación de cultivos de uso ilícito con glifosato, aplicado desde 1984 y convertido en estrategia principal del plan Colombia implementado conjuntamente por el estado de Colombia y los Estados Unidos de América; por complicidad flagrante y a conciencia en la violación del artículo 14 del Protocolo 1 de Ginebra que prohíbe como método de combate hacer padecer hambre a las personas civiles y atacar bienes indispensables para la supervivencia de la población civil como artículos alimenticios, cosechas, ganados, reservas de agua potable y las obras de riego; por vender al gobierno de Colombia sustancias tóxicas frecuentemente utilizadas como arma de guerra convirtiéndose en cómplice de una guerra química contra la población civil.
De las pruebas aportadas al Tribunal se desprende que las políticas promovidas e impuestas por el estado colombiano atentan gravemente contra la biodiversidad agrícola y forestal que fue utilizada sustentablemente durante siglos por las comunidades indígenas afrocolombianas y campesinas, causando:
– el desplazamiento de poblaciones indígenas, afrocolombianas y campesinas.
– La sustitución de la agricultura de subsistencia por monocultivos industriales que afectan la soberanía alimentaria local y nacional.
– La aplicación masiva e indiscriminada de herbicidas resultando en la destrucción de bosques y cultivos así como de la fauna asociada.
– La implantación de monocultivos de banano, pinos, eucaliptos, cipreses y palma aceitera sustituyen ecosistemas de enorme biodiversidad por desiertos verdes de una sola especie. Los agroquímicos utilizados afectan también a los recursos hídricos lo cual impacta sobre la salud de las poblaciones locales y de la flora y fauna asociada a ríos arroyos, lagunas y humedales.
El testimonio de una testigo resume claramente la situación al decir: ” la palma aceitera está abonada por la sangre de nuestros hermanos, amigos y familiares…” “no tenemos donde trabajar porque el territorio está cubierto de palma”
La práctica comercial de Monsanto imponiendo el monopolio de sus productos biológicamente modificados, viene acarreando la extinción de las semillas criollas , lo cual atenta contra la autonomía de los pueblos tradicionales porque genera dependencia con relación a las culturas económicamente dominantes llevando a esos pueblos a la exclusión social.
En el año 1997, el ejército colombiano con la colaboración de los paramilitares realiza la Operación Génesis. Allí se bombardean y se ocupa por agua y tierra las poblaciones de las cuencas de los ríos de Salaquí y Cacarica.
Los testigos expusieron al tribunal los horrendos crímenes: mutilaciones, ejecuciones, fusilamientos, torturas, violaciones carnales, desapariciones forzadas. La motosierra fue utilizada como arma de guerra contra seres humanos.
El rompimiento de las familias, el desarraigo, el hambre, la discriminación social, la falta de atención en salud, falta de condiciones de trabajo llevan a la desestructuracion social y familiar con la absoluta indiferencia del Estado.
Ahora como comunidades de resistencia exigen el derecho a existir como pueblo, ejercer su cultura, preservar su identidad cultural, sus territorios ancestrales, garantizando la soberanía alimentaría, educación, salud, integridad física entre otros derechos fundamentales.
Los hechos relatados a este tribunal, tales como asesinatos, torturas, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones, mutilaciones y especialmente el desplazamiento forzoso de miles de personas, constituyen crímenes de lesa humanidad tal como están definidos en las convenciones internacionales.
Los crímenes de lesa humanidad son aquellos cometidos en el marco de un ataque generalizado y sistemático contra población civil. Son inderogables, imperdonables, imprescriptibles , y pueden ser juzgados por cualquier tribunal en cualquier lugar del mundo, cualquiera sea la época en que hayan sido cometidos.
Por las razones anteriores, invocando la carta de Argel sobre los Derechos de los Pueblos, luego de constatar la veracidad y contundencia de los testimonios vertidos con apoyo en abundante prueba documental, considerando probadas la totalidad de las acusaciones contra todas y cada una de las empresas como así mismo la responsabilidad del Estado colombiano, y en la convicción de que la violación de sus derechos constituye un atentado contra la conciencia común de la humanidad y concierne a todos los pueblos, el tribunal resuelve:
1. Elevar las acusaciones y la prueba producida a la audiencia final deliberante del Tribunal Permanente de los Pueblos, sesión Colombia.
2. Comunicar el presente dictamen a las pueblos indígenas, pueblos afrocolombianos y comunidades campesinas que han sufrido los impactos de la acción destructiva de las transnacionales, a la Fiscalía General de la Nación, a las altas cortes y organismos de control de Colombia, redes de comunicación alternativa, medios masivos de información y a los organismos internacionales defensores de los derechos humanos.
3. Expresar su solidaridad y reconocimiento al dolor de las víctimas.
4. Apoyar vivamente su lucha por la verdad, la justicia, la reparación integral, restablecimiento de los derechos conculcados, con el ideal de que los pueblos de Colombia tendrán finalmente la paz con justicia social que merecen.
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