Trabajador de la palma aceitera en Puerto Wilches (Santander). Foto: Solidarity Center.
Uribe ha promovido un peligroso mecanismo de control de los trabajadores y de protección de los estrechos intereses patronales.
Trabajador de la palma aceitera en Puerto Wilches (Santander). Foto: Solidarity Center.
Trabajador de la palma aceitera en Puerto Wilches (Santander). Foto: Solidarity Center.

Por: Héctor Vásquez F. – marzo 3 de 2017

En una reciente reunión que el expresidente Álvaro Uribe sostuvo con un grupo de sindicalistas planteó que a la “sociedad le va mejor cuando hay menos impuestos y más remuneración en favor de los trabajadores”.

Lo primero lo cumplió con creces durante su gobierno, otorgándole al capital toda clase de beneficios tributarios como las numerosas exenciones que se le hicieron a distintos sectores patronales, el descuento de los impuestos de hasta el 40% del valor de las inversiones en equipos y maquinarias (leyes 863 de 2003 y 1111 de 2006), la ampliación del número de zonas económicas especiales donde las empresas que se instalen pagan solo la mitad de la tasa normal del impuesto de renta, la eliminación del 7% que tenían que pagar las multinacionales sobre las utilidades que sacaban del país (Ley 1111 de 2006), etc.

Y lo de más remuneración en favor de los trabajadores nunca lo hizo, ni siquiera lo intentó. Al contrario, ninguno como él hizo tantos esfuerzos e iniciativas para disminuir el ingreso de los trabajadores. Veamos algunas.

Con la Ley 50 de 1990, de la que él fue inspirador y principal ponente, se eliminó el pago retroactivo de las cesantías, que constituían una fuente muy importante de ahorro para los trabajadores y una forma bastante eficaz de distribuir mejor la riqueza generada por el trabajo. Esta misma ley permitió que los empleadores vincularan trabajadores con contratos a término fijo de manera indefinida, una forma de contratación que impide que éstos puedan organizarse en sindicatos y otorga a los empleadores un poder enorme sobre los trabajadores.

Con la reforma al régimen pensional contenida en la Ley 100 de 1993, de la cual Uribe fue también principal ponente, se aumentó dos años la edad para pensionarse, se incrementaron las semanas de cotización para acceder a este derecho hasta las 300 y se rebajó la mesada pensional, puesto que antes era posible pensionarse hasta con el 90% del ingreso base de cotización y después de esta ley el tope bajó hasta el 80%.

Con la reforma laboral, plasmada en la Ley 789 de 2002 durante su primer año de gobierno, se disminuyó la remuneración que los trabajadores recibían por el trabajo entre las 6 y las 10 de la noche, y por el trabajo dominical y festivo. Con datos actualizados, unos 2,2 millones de trabajadores formales que laboran después de las 6 pm y 1,9 millones que lo hacen domingos y festivos han sufrido una reducción de su salario en 17,2% por la supresión del 35% del recargo nocturno y en 5,8% por la disminución del 25% del pago en dominicales y festivos diurnos, respectivamente.

También durante su gobierno se les rebajaron los ingresos a los nuevos pensionados, aprobando una reforma que disminuyó de 14 a 13 las mesadas pensionales anuales.

Asimismo, opuso una feroz resistencia a los sindicatos y a sus posibilidades de fortalecerse. Durante su gobierno arreció la cultura y la violencia antisindical, lo cual produjo miles de asesinatos, desapariciones y desplazamientos que acabaron con decenas de sindicatos. También eliminó en la práctica el Ministerio del Trabajo, al fusionarlo con el de Salud, y a los inspectores del trabajo los puso prácticamente al servicio de los empleadores, como lo indica el hecho de que negara la inscripción en el registro sindical a cerca de 300 nuevas organizaciones. Esto, sin considerar que en el lenguaje del presidente Uribe las conquistas de los trabajadores comenzaron a calificarse como ‘gabelas’ y ‘privilegios’, no como derechos.

Su último ‘regalo’ a la clase trabajadora fue el cambio en la reglamentación del ‘contrato sindical’, que destacó como un cambio de paradigma en oposición “al sindicalismo meramente reivindicativo, meramente político”, instando a trabajar por el concepto de sindicalismo gerencial, sindicalismo participativo. Quienes trabajan bajo esta modalidad, principalmente en las Instituciones Prestadoras de Servicios (IPS) del sector público de salud, donde las falsas cooperativas de trabajo asociado fueron remplazadas por falsos sindicatos para continuar con la práctica de la tercerización ilegal, saben de qué trata el ‘contrato sindical’.

En el ‘contrato sindical’ la empresa no tiene trabajadores sino que estos los suministra un ‘sindicato’ con el que supuestamente ‘negocia’ la empresa todas las condiciones de trabajo y de remuneración. Tal ‘negociación’ la hace directamente con el presidente del ‘sindicato’ sin que los supuestos afiliados al mismo tengan incidencia, pues el gobierno de Uribe modificó la ley para que fuera el directivo y no la asamblea general quien tenga esa facultad.

Revisando los archivos del Ministerio del Trabajo, encontramos numerosos ejemplos de ‘contratos sindicales’ que muestran claramente que en ningún sentido se trata de una negociación colectiva auténtica sino de una operación de intermediación laboral en la que los trabajadores son considerados como simple mercancía, imponiéndoles condiciones que en muchos casos están por debajo de los estándares laborales definidos por el Código Sustantivo del Trabajo.

Este tipo de intermediación laboral, a todas luces ilegal, ha resultado en una mayor precarización de las condiciones de trabajo y de remuneración de miles de trabajadores.

[…]

Como siempre se ha dicho: a las personas no hay que juzgarlas por lo que dicen de sí mismas, sino por lo que realmente hacen. Y en este caso los hechos indican que, en vez de mejorar las condiciones de trabajo y empleo, y fortalecer al sindicalismo como instrumento esencial para construir democracia, la política laboral promovida por Uribe como senador y como gobernante ha apuntado a todo lo contrario. Su modelo de sindicato ‘gerencial y participativo’ no ha sido más que un peligroso mecanismo de control de los trabajadores y de protección de los estrechos intereses patronales.

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* Analista de la Escuela Nacional Sindical (ENS). Publicada originalmente por la Agencia de Información Laboral.

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