Detenciones arbitrarias - Foto: ANdrés Gómez
La continua represión policial, vinculada a políticas impopulares, la impunidad y el beneficio de empresas armamentísticas, hace imperativa una reforma policial que garantice la transparencia y la responsabilidad de los agentes.

Antes del estallido social de abril de 2021, fueron de conocimiento público los asesinatos de Nicolás Neira, Johnny Silva y Belisario Camayo Guetoto en 2005, el de Óscar Leonardo Salas en 2006, y el de Dilan Cruz el 23 de noviembre de 2019. Incluso existen 10 condenas a la Nación proferidas por el Consejo de Estado entre 1993 y 2017 responsabilizando a la policía por asesinato y graves lesiones personales durante las protestas. Estos crímenes de Estado evidencian la urgencia de una reforma policial que impida que esta institución del Estado aborde demandas y problemas sociales, y que garantice la transparencia y responsabilidad de sus agentes.

Noviembre 29 de 2023

Yuri Neira: Foto por: Andrés Gómez
Yuri Neira, padre de Nicolás Neira, marzo de 2016, Foto: Andrés Gómez

Un beneficio de una reforma orientada hacia la seguridad humana sería la reducción del gasto en munición, el cual actualmente solo beneficia a las empresas que suministran armamento de letalidad reducida a Colombia. Estas compañías obtuvieron millonarios contratos antes y durante estallido de 2021. Por otro lado, se busca evitar que sea fácil repetir lo que hicieron los expresidentes Álvaro Uribe, Juan M. Santos e Iván Duque al movilizar la policía para respaldar sus políticas de gobierno, sin condenar la violencia del ESMAD, lo que resultó en decenas de muertos.

Álvaro Uribe utilizó el ESMAD en la implementación de su política de seguridad democrática, y durante su periodo presidencial de 2002 a 2010, este cuerpo estuvo involucrado en el asesinato de 15 personas.

Nicolás NeiraBogotá2005-05-01
Johny Silva ArangurenValle del Cauca2005-09-22
Belisasrio CamayoCauca2005-11-10
Oscar SalasBogotá2006-03-07
Pedro Pascué CanasCauca2006-05-16
José Uldaríco GallegoCauca2006-07-14
Herney Silva YelaCauca2007-02-19
Jeśus PérezCauca2007-02-19
Miriam Banamá Guatiquí (6 ños)Chocó2007-05-26
Laurise Rivera Fontalvo (3 años)Bolívar2007-11-22
Xavier Alfonso EljachBolívar2007-11-22
Tarquinas Valencia RamosCauca2008-10-12
Mariano Moreno DizúCauca2008-10-12
Jesús Antonio NeneCauca2008-10-17
Ilberto Ipia IbitoCauca2008-10-17
Elaboración propia. Fuente: Las 43 muertes que involucran al ESMAD antes del #21N

Durante el periodo presidencial de Juan Manuel Santos, desde el 7 de agosto de 2010 hasta el 7 de agosto de 2018, el ESMAD estuvo implicado en la muerte de 25 personas. Tan solo en el Paro Nacional Agrario de 2013, se le relaciona con la muerte de 12 personas.

Edwin Franco JaimesNorte de Santander2013-06-22
Dionel Jácome OrtizNorte de Santander2013-06-22
Diomar AngaritaNorte de Santander2013-06-25
Hermides PalacioNorte de Santander2013-06-25
Juan Carlos LónCundinamarca2013-08-26
Jeiner MosqueraTolima2013-08-29
Jhonny Velazco GalvisBogotá2013-08-29
Christian Jhoan Delgado WilchesBogotá2013-08-29
Persona No IdentificadaCauca2013-09-05
Persona No IdentificadaCauca2013-09-05
Persona No IdentificadaCauca2013-09-05
Persona No IdentificadaCauca2013-09-05
Siberston Guillermo PavíCauca2015-04-10
Miguel Ángel BarbosaBogotá2016-04-21
Brayan José Mancilla Ballestas (12 años)Atlántico2016-05-19
Gersain CerónCauca2016-06-02
Marco Aurelio DíazCauca2016-06-02
Naimén Agustín LaraCesar2016-07-11
Luís Orlando SaízBoyacá2016-07-12
Danielñ Felipe Castro (16 años)Cauca2017-05-09
María Efigenia VasquezCauca2017-10-08
Christian Stefan GonzálezNariño2018-03-25
Juan José Antonio MayorgaNariño2018-03-25
Iván Troches CassoNariño2018-03-25
Persona No IdentificadaNariño2018-03-25
Elaboración propia. Fuente: Las 43 muertes que involucran al ESMAD antes del #21N

Iván Duque también recurrió al ESMAD cuando el país estalló tras intentar imponer un aumento del 19% en servicios públicos y productos de la canasta familiar en plena pandemia, sin haber atendido la pobreza y el hambre. El Instituto de Estudios para el Desarrollo y Paz (Indepaz) reportó que en el paro hubo 83 homicidios y que de estos la Fuerza Pública está involucrada en 44.

Disparando y licitando municiones no letales en plena pandemia

Entre 2019 y 2020, según el Dane: 3,5 millones de personas entraron a la pobreza monetaria, y 2,8 millones de personas ingresaron a la pobreza monetaria extrema.

Mapa de distribución espacial de pobreza en Bogotá 2020. Fuente Dane

Resalta que Iván Duque invirtió millonarias sumas mientras la población necesitaba ayuda económica. El expresidente Juan Manuel Santos ya había dotado a la policía de armamento de letalidad reducida, según denunció el Senador Wilson Arias, quien advirtió sobre el gasto de 14.000 millones de dólares en municiones para el ESMAD.

Hoy el cuerpo policía antidisturbios tiene 25 mil cartuchos de gas, 10 mil granadas de aturdimiento, 14 mil granadas multi impacto y más de 12 mil cartuchos calibre 12, munición del arma letal que mató al joven Dilan Cruz. Y por si fuera poco se ha proyectado un gasto de dos billones de pesos para comprar 47 mil cartuchos de gas, 11 mil granadas de aturdimiento, 23.700 balas marcadoras, 5 mil granadas multimpacto y 13.467 mil cartuchos calibre 12.

El Turbión pudo rastrear en el sitio Web Colombia Licita que, en plena pandemia y para el año 2021, Iván Duque licitó 8.583.110,314 de pesos para medidas en represión.

Protectores y lanzadores

En abril de 2021, su administración ofreció 3.622.066,189 pesos por la adquisición de:

  • 650 protectores corporales a 2.242.265 pesos cada uno;
  • 2.138 escudos a 552.446.863,74 unidad y
  • 1.948 cascos tácticos cada uno a 827.353.858.

En julio del mismo año, el Turbión comprobó que el Estado licitó 4.961.044,125 por la compra de armas antimotines e invitó a la empresa estadounidense Combined Systems a que vendiera al Estado colombiano:

  • 3 lanzadores múltiples electrónicos calibre 37/38 mm: a 1.411.087.500 unidad
  • 6.453 cartuchos electrónicos de aturdimiento calibre 37/38 mm por 1.774.978.312 pesos, y
  • 6.453 cartuchos electrónicos de gas CS 37/38 mm por el mismo valor de los cartuchos de aturdimiento.

Empresas que ganan con la represión

Combined Systems, Inc, una empresa estadounidense, y Condor S/A Industria Química, una compañía brasileña, son dos de las empresas que han obtenido beneficios al vender armas de letalidad reducida para reprimir protestas en Colombia. Aunque ambas no han condenado el uso indebido de este armamento por parte de la policía, no pueden argumentar desconocimiento sobre la brutalidad policial ni el uso inapropiado de armas de letalidad reducida por parte de las fuerzas de seguridad.

Combined Systems: la empresa invitada

No es sorprendente que el Estado colombiano haya invitado directamente a la empresa estadounidense fundada en 1981 por los israelí-estadounidenses Michael Brunn y Jacob Kravel.

Combined Systems es líder en proveer material de seguridad a fuerzas estatales de varios países, incluyendo Estados Unidos, Chile, Colombia, Bahréin, Egipto y Hong Kong. Especialmente reconocida por suministrar municiones de letalidad reducida, la empresa comercializa sistemas de lanzamiento, productos para el control de protestas, equipos tácticos para la policía, municiones irritantes y de humo, municiones de impacto, granadas de aturdimiento y granadas traumáticas, según su sitio web.

Tampoco es sorprendente que Combined Systems no asuma ninguna responsabilidad por el uso de sus municiones. La empresa no emitió comentarios sobre los daños oculares causados por la policía estadounidense en 2020 durante las protestas que surgieron tras el asesinato del afroamericano George Floyd a manos del policía de Minneapolis Derek Chauvin y la participación de su compañero J. Alexander Kueng.

La empresa tampoco declaró nada respecto sobre el mal uso de su munición en Chile, donde entre octubre de 2019 y marzo de 2020 se reportaron 460 heridos oculares y 34 personas asesinadas.

Durante este periodo, Combined Systems vendió mil cartuchos lacrimógenos por 370 mil dólares a Chile. Se pudo comprobar que al menos uno de ellos fue utilizado de manera irregular por el capitán Patricio Maturana, quien disparó a la cara de Fabiola Campillai el 26 de noviembre de 2019 mientras salía a trabajar. Este acto le causó un traumatismo craneoencefálico, múltiples fracturas en su rostro y el estallido de ambos globos oculares. Como resultado, perdió el gusto, el olfato y la visión de por vida.

El Condor brasilero

Otra empresa que se beneficia de la represión en Colombia y en Centro y Suramérica es la empresa brasileña Condor, fundada en 1986. Según la hoja de vida de su Director de Mercadeo, para el año 2014, la empresa registró ventas internacionales de $50 millones de dólares por concepto de municiones y armas no letales. Desde 2018, la empresa ha estado vendiendo balas de goma y granadas de gas a doce países latinoamericanos. Entre 2020 y 2021, Condor vendió a Colombia municiones por un valor de 1.8 millones de dólares, convirtiéndose en su segundo mayor comprador en esos años de pandemia y protesta social.

Condor Não-Letal, aunque ofrece cursos en línea en su sitio web para operar sus productos, así como entrenamiento tanto dentro como fuera de Brasil y, al igual que Combined Systems, no se pronuncia sobre el mal uso de sus armas no letales, tampoco lo hace el Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil ni el Ministerio de Defensa aunque:

todas las ventas internacionales de gas lacrimógeno en Brasil pasan por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil y el Ministerio de Defensa.

Una de las posible razones del silencio es que saben que son letales y que las venden a países que permiten la brutalidad policial y que sean usados de forma letal, uno de ellos Bahréin, como expone el informe de Amnistia Internacional: “El Comercio de la Represión”

En Bahréin, al menos 12 personas murieron después de que las fuerzas de seguridad desataran una ola de represión en respuesta a las protestas contra el gobierno, incluyendo el lanzamiento directo de granadas de gas lacrimógeno hacia los manifestantes y dentro de viviendas.

En otros países, como Pakistán (2023), Sudán (2021) y Venezuela (2017), se ha usado de forma irregular y sin objeciones.

30 años de acciones “desproporcionadas, ilegítimas y violentas

Policía militarizada – Foto: Andrés Gómez

El primer fallo condenatorio en contra de la Nación ocurrió en enero 28 de 1993, cuando el Consejo de Estado declaró culpable a la policía nacional de la muerte de un estudiante de la UPTC de Tunja.  

En la sentencia, que tardó seis años, también se declara que los miembros de la Policía Nacional: “desbordaron” la “disciplina interna y social” de la policía y que “dispararon sobre un grupo de muchachos dando como resultado la muerte de Tomás Herrera Cantillo”.

La sentencia añade que el comportamiento de la policía fue inexplicable y resalta:

Si los policías portaban cascos, escudos protectores y hasta armas de fuego, además de estar preparados profesionalmente para este tipo de actuaciones, y si los estudiantes en ningún momento dispararon contra los agentes oficiales, resulta inexplicable el desproporcionado, ilegítimo y violento comportamiento asumido por éstos frente a los alumnos de la Universidad.

Si bien la sentencia responsabiliza a la institución no individualizó ni procura identificar al responsable garantizando la impunidad y que la violencia se perpetuara.

El 12 de junio de 2017, 14 años después de la primera sentencia, el Consejo de Estado responsabilizó al Escuadrón Móvil Antidisturbios de la policía (ESMAD), del asesinato del estudiante de V semestre de química de la Universidad del Valle, Jhonny Silva Aranguren, el 22 de septiembre de 2005 en predios de la universidad.

(…) del acervo probatorio podemos concluir, no solo que el Escuadrón Móvil Antidisturbios de Cali, ingresó al campus universitario, sino también que fue uno de sus integrantes quién disparó ocasionándole la muerte al señor Jhonny Silva Aranguren, la pluralidad de los testimonios allegados, su concatenación y coherencia, así nos lo indica. 

Ese mismo día el ESMAD hirió gravemente a Germán Eduardo Perdomo Abello, quien, según  Medicina Legal y Ciencias Forenses recibió inicialmente un trauma con una piedra en su muslo derecho por parte de Policía y posterior a eso una lesión cráneo encefálica, probablemente por una lata de gas lacrimógeno:

recibe trauma en cabeza a aproximadamente 12 cm. recibiendo atención médica en la clínica Valle del Lili donde dan diagnóstico de herida complicada de cara, trauma cráneo encefálico, hematoma contuso parietal derecho (…)  Cirugía plástica y curaciones inter diarias en herida frontal, pendiente controles.

Jhonny Silva fue asesinado con arma de fuego y según el dictamen de balística presentado por el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la fiscalía general de la Nación, en esa ocasión la Policía disparaba gases lacrimógenos a la cabeza de los estudiantes a solo “12 metros de distancia” y a Jhonny Silva le asesinaron empleando tácticas de combate.

[el tirador] estaba en posición de combate ya sea acostado o arrodillado en un mismo plano que la víctima y ubicado hacia la parte posterior izquierda de la misma.

En la sentencia de 2017, al igual que en 1993, el Consejo de Estado calificó el despliegue de fuerza de la Policía Nacional ejecutado por el ESMAD como “excesivo” e “injusto” y añadió que es antijurídico”. Además, hace hincapié en la impunidad:

No se llevó a cabo una investigación penal seria e imparcial con respecto a las circunstancias y a los responsables de la muerte del joven Jhonny Silva Aranguren”. Además, se destaca que su muerte fue causada deliberadamente por miembros del ESMAD, quienes, según se declara, “accionaron sus armas de fuego directamente contra los manifestantes.

A pesar de que la sentencia mencionara la violencia excesiva de la policía, al igual que en 1993, y aludiera a la impunidad, no procuró identificar a los responsables del asesinato, a pesar de constituir una grave vulneración de los derechos humanos.

21N Seryozem
Disturbios durante la movilización del 21N alrededor de la Universidad Nacional en Bogotá

El Esmad no garantiza “el orden” sin violar libertades

La sistematicidad de las acciones violentas de la policía llevó a 49 personas a presentar una demanda en 2020 ante la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá contra el presidente de la República, los ministros de Defensa e Interior, la Alcaldía Mayor de Bogotá, el director general de la Policía, el comandante General de la Policía Metropolitana de Bogotá, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación.

Los promotores de la iniciativa sostienen que desde el 2005 y especialmente en 2019:

frente a protestas o manifestaciones pacíficas, [el ESMAD] ha desplegado conductas constantes, reiterativas y persistentes, para socavar, desestimular y debilitar su derecho a expresarse sin temor, exigiendo cambios de políticas a las distintas autoridades.

Entre las conductas que los demandantes consideran violatorias, se encuentran:

  • Intervención sistemática, violenta y arbitraria de la fuerza pública en manifestaciones y protestas;
  • “Estigmatización” frente a quienes, sin violencia, salen a las calles a cuestionar, refutar y criticar las labores del gobierno;
  • Uso desproporcionado de la fuerza, armas letales y de químicos;
  • Detenciones ilegales y abusivas, tratos inhumanos, crueles y degradantes;
  • Ataques contra la libertad de expresión y de prensa.

A pesar de que los peticionarios no ganaron la demanda, el 22 de septiembre de 2020, el Consejo de Estado se refirió al ESMAD como un cuerpo que no garantiza los mínimos de un estado de derecho y declara que es un problema serio:

El vacío que supone como institución del ESMAD que no es capaz de garantizar el orden sin violar las libertades y los derechos de los ciudadanos a disentir, pues tampoco hace un uso adecuado de las armas de dotación asignadas.

10 condenas al Estado por brutalidad policial

El docente de la Universidad Surcolombiana, Germán Alfonso López Daza, compiló todas las decisiones del Consejo de Estado , y al revisarlas, se evidencia el uso de armas de fuego en las protestas previas a la creación del ESMAD, así como el incorrecto empleo de armas de letalidad reducida por parte del escuadrón de choque de la policía. Esto demuestra que la brutalidad persiste, como lo indican las 10 condenas al Estado por casos de brutalidad policial.

Es notable que las sentencias del Consejo de Estado no son observadas por la policía. Y por ello, la Corte Suprema de Justicia en la sentencia del 22 de septiembre de 2020 le exigió a la policía implementar medidas para garantizar transparencia y responsabilidad en sus acciones:

Debe implementarse procedimientos que verifiquen la legalidad y/o proporcionalidad del uso de la fuerza letal ejercida por agentes estatales, así como de las órdenes de la cadena de mando relacionadas con el hecho (…) una vez que se tenga conocimiento de que sus agentes de seguridad hicieron uso de armas letales o no letales, causando daños a la vida e integridad de las personas, deberá iniciarse inmediatamente, y dentro de un plazo que no supere los seis (6) meses contados a partir del suceso, al margen de las investigaciones a que haya lugar, la obligación de proveer una explicación pública satisfactoria y convincente de lo sucedido y desvirtuar las alegaciones sobre su responsabilidad, mediante elementos probatorios adecuados.

La sentencia de la Corte Suprema resultó en letra muerta para la policía durante la administración de Duque, quien nunca sancionó la violencia policial. Esta violencia se manifestó en ataques sistemáticos a la cabeza y ojos de los manifestantes, causando un total de 96 víctimas de violencia ocular en tan solo 4 meses.

Como consecuencia, la rendición de cuentas y la investigación de la responsabilidad de la policía frente a sus crímenes son muy bajas:

La Procuraduría General de la Nación, en respuesta a un derecho de petición de este medio sobre los procesos disciplinarios contra agentes de la policía en el marco del estallido de 2021 reporta que: 184 procesos disciplinarios contra la policía “corresponden a actuaciones que fueron clasificadas como adelantadas por miembros del ESMAD” e informó que en etapa de instrucción hay 165 casos, de esos 117 han sido archivados; 12 han llegado a etapa de juzgamiento y 6 han sido trasladados a otras instituciones por problemas de competencia. Ninguno ha terminado en sanciones disciplinarias.

Necesidad de cambio

Por un lado, la represión ha sido lucrativa para las empresas de armas. En cuanto a los expresidentes que han utilizado a la policía como barrera de contención frente a problemas de desigualdad social, no les ha resultado útil; sin embargo, no critican la fuerza bruta que desplegaron. Este es un punto que la agenda del gobierno debe abordar en un debate sobre la reforma a la policía: ¿los problemas sociales seguirán siendo abordados con una policía militarizada?

En el camino hacia una reforma de la policía, la sociedad espera mínimamente que se garantice la transparencia y responsabilidad de las fuerzas de seguridad. La omisión de acciones concretas frente a las sentencias de la Corte ha creado un vacío en la confianza ciudadana y ha perpetuado la impunidad.

Sin embargo, el académico estadounidense Alex Vitale, dedicado al estudio de la violencia policial, propone que la brutalidad policial no se resuelve con mejor entrenamiento, diversidad en la fuerza ni ‘mejores’ métodos. En cambio, sostiene que la solución radica en retirar a la policía de todas las esferas de la vida pública en las que no sea estrictamente necesaria, ya que su función no debería ser resolver problemas sociales, ni implementar políticas de vigilancia y control contra los pobres y marginados.

El objetivo es romper el círculo vicioso de represión, impunidad y gasto en armas. Para lograrlo, es esencial reconsiderar el alcance de la policía y abordar los problemas sociales mediante la reducción de la desigualdad.


Esta investigación ha sido desarrollada con el apoyo de Humans Rights Investigation Lab de la Universidad de California, Santa Cruz.

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